viernes, 13 de noviembre de 2009

MONSANTO Y SU RESPONSABILIDAD SOCIAL

Manuela Marulanda Restrepo

Estudiante de cuarto semestre

Octubre de 2009

El análisis económico del derecho nos permite ampliar tanto la mirada de los juristas como de los economistas con respecto a problemáticas de la vida en comunidad, donde tanto unos como los otros tienen cabida para resolver y para indagar al respecto.

Por eso a continuación discutiremos a partir del análisis económico del derecho el caso concreto de Monsanto donde se nos permitirá recoger los elementos más importantes y representativos de este movimiento.

Monsanto es una compañía de agricultura nacida en Illinois, EEUU, que tiene como propósito ayudar a granjeros y agricultores a producir más mientras conservan más.

Por esto han conseguido tanto reconocimiento ya que no solamente han tenido bastante acogida sus productos sino que también han sido los creadores de novedosos productos. En el caso que nos interesa y entraremos a analizar es la hormona SOMATROTOPINA BOVINA r BST o como se conoce comúnmente POSILAC. La idea de esta hormona es aplicarla al ganado para incrementar la producción de leche. El problema es que trae complicaciones ya que al ganado posteriormente le aparece mastitis, que es una enfermedad que necesariamente necesita tratamiento de antibióticos y que al momento de ordeñar a la vaca en tratamiento, la leche, inclusive procesada se le traspasa el antibiótico además del pus que se produce en la ubre como consecuencia de la enfermedad. Agregando además otro factor, la hormona que se le inyecta al ganado incrementa en los consumidores de leche la posibilidad de producir diabetes y cáncer en diferentes partes del cuerpo.

Monsanto escondió y sobornó inclusive a cadenas de televisión para que no salieran a luz los problemas que contenía esta leche, muchos países han rechazado su uso, inclusive supermercados etiquetan la leche informando que no ha sido tratada con esta hormona para proporcionar tranquilidad a los consumidores y dar cuenta que no apoyan el uso de estas hormonas.

Claramente se observa la finalidad de una compañía por incrementar sus ventas y su producción que en realidad no tiene ningún problema porque para esto es que se crean las grandes corporaciones. El verdadero problema surge cuando por el empeño de lograr con estos propósitos, dejan atrás otra misión importante que toda compañía debe llevar a cabo a partir de su creación, la protección del medio ambiente, la salud humana, y en general, lo que conocemos como el bien general, que la sociedad se beneficie.

El movimiento del análisis económico está conformado por varias escuelas donde a pesar de todos tener un propósito común, se desvían en cuanto a sus herramientas de análisis, su apego a la microeconomía, etc. A partir de esta aclaración son cuatro las escuelas principales: Chicago, Nuevo Institucionalismo, Institucionalismo y New Haven.

La escuela de Chicago nos permite realizar mas fácilmente el análisis en este caso concreto, ya que nos proporciona elementos claves para indagar al respecto, nos muestra la racionalidad de los agentes, el juicio de costo-beneficio y el desprecio que se le hace a la justicia, donde se atropella en este caso al consumidor.

El análisis económico del derecho tiene una tesis que de manera generalizada aceptan los juristas economistas; que consiste en que al igual que en la economía se puede predecir como actúan los agentes económicos, frente a una norma jurídica es el mismo suceso, se puede predecir cómo los individuos van actuar al enfrentarse a esta. Esto quiere decir que los individuos al estar en presencia de una norma decidirán actuar o no de acuerdo al precio de su conducta.

Esto se puede dilucidar mas fácilmente en el caso concreto, ¿Cuál es el beneficio de Monsanto al vender un producto que trae consecuencias nefastas para los consumidores y para la empresa misma en materia penal, que atentan contra la salud pública pero que les produce al máximo ingresándole mayores ingresos? Y, ¿Cuál es el beneficio de los compradores al pagar menos por un producto pero más por su salud al ponerla en riesgo?

A partir de esto podemos ver una característica clave para la relación entre la economía y el derecho, el costo – beneficio, para la toma de decisiones ya sea en el mercado o frente a una norma jurídica. Tanto los consumidores como el productor harían este mismo ejercicio.

Además, también es primordial analizar la importancia de que debe existir alguna forma en que se pueda controlar el comportamiento de los individuos en caso en que sea grave o peligroso para la sociedad. “El análisis económico del derecho permite considerar las leyes como incentivos para el cambio del comportamiento de los individuos y como instrumentos para el logro de los objetivos de las políticas publicas.”[1] A partir de las leyes entonces, se puede generar un control de los individuos, en este caso Monsanto como persona jurídica.

Uno de estos mecanismos son los impuestos para quienes hacen daño: “Los economistas modernos tienden a pensar exclusivamente en términos de impuestos y en una forma muy precisa. El impuesto debería ser igual al daño causado y variar según la intensidad de este”[2]. Con respecto al daño que causa Monsanto a los consumidores seria bastante complicado determinar cual seria el impuesto, ya que lo que esta en juego es la vida, por esto es insuficiente pensar en términos de los economistas, entra a complementar la solución de crear políticas publicas convenientes, ya no solo eficientes como propone la economía, sino también en términos de equidad, donde el derecho busca en este caso que si Monsanto se lucra no sea por medio de la vida de miles de consumidores, o acaso será necesario aprehender un camino, escoger entre justicia y equidad como propone el Nuevo Institucionalismo, un interrogante tétrico que nos deja en una posición de hacer un balance entre bienes jurídicos muy importantes, la vida y el patrimonio de las empresas.

No se trata entonces solo de restringir o poner de pautas de producción a Monsanto, la idea es que se acaben los daños que sus productos causan, entonces como propone Coase: “El problema que enfrentamos al manejar acciones que tienen efectos dañinos no es sencillamente restringir a los responsables de los mismos. Lo que debe decidirse es si la ganancia al evitar el daño es mayor que a perdida que se sufriría de otro modo, como resultado de detener la acción que produce el daño. La intervención extensiva del gobierno en el sistema económica conduzca a la protección de los responsables de efectos perjudiciales”.

A partir de normas que prohíban estas conductas es necesaria la intervención del gobierno, no son suficientes pequeñas represalias como los impuestos, es necesaria la apropiación del problema por parte del gobierno, que quiera proteger a los afectados y que por lo tanto mas que factores de producción estas situaciones deben ser consideradas derechos.

El recurso principal es la misma empresa por medio de soluciones centralizadas administrativas, pero el gobierno entrará a participar como la súper empresa que tiene más poder de coaccionar y controlar situaciones como este caso en concreto. La labor del gobierno debe estar dirigida a garantizar la salud y la vida de los consumidores en este caso.

Esto quiere decir que será entonces mejor, un gobierno en este caso, intervencionista que frente a una situación de daño inminente, actúe para proteger a sus ciudadanos por encima de la libertad de los mercados a pesar de lo que posiblemente represente económicamente.

BIBLIOGRAFIA

Bejarano, Jesús Antonio, El análisis económico del derecho: comentarios sobre textos vascos, Revista de economía institucional, Bogotá-Colombia, 199, pp. 155-167

Rubio, Mauricio, Economía jurídica, Introducción al análisis económico del derecho iberoamericano, Bogotá-Colombia, pp. 19-41

Coase, Ronald, El problema del costo social, Diario de derecho y economía, 1960

www.monsanto.com

www.revistaelite.com

Achbar, Mark, The Corporation (documental), Canada.



[1] Coase, Ronald, El problema del costo social, Diario de derecho y economía, 1960.

[2] Ibídem.

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